La gran desconocida y un aliado seguro en nuestra estrategia de sostenibilidad y circularidad
La ley 3 2022 de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Islas Baleares
El 18 de junio se publicó en el BOIB la Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears. Entró en vigor al día siguiente de su publicación, aunque dentro de la ley se indican diferentes plazos máximos para la puesta en marcha de algunas de las medidas a poner en marcha.
Tras negociaciones en el parlamento, con los hoteleros, con los agentes sociales, cambio de gobierno, sigue vigente y ha venido para quedarse.
Uno de los principales elementos de la misma es la integración de la estrategia de circularidad a los alojamientos hoteleros, apartamentos turísticos y alojamientos de turismo rural, estableciendo que éstos deben elaborar un plan de circularidad, así como establecer progresivamente una serie de medidas en las 4 áreas prioritarias definidas (energía, agua, residuos y alimentos).
Para dar coherencia al propósito de la ley, su artículo 101 determina que las empresas turísticas de alojamiento de las Illes Balears se podrán comercializar o anunciar como empresa circular, solo si disponen de etiqueta ecológica de la UE; de un sistema EMAS; o de una certificación emitida por entidades debidamente acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
La etiqueta ecológica UE es un buen instrumento para que los establecimientos turísticos puedan ondear la bandera de la circularidad: Sencillo de poner en marcha, con requisitos exigentes y confiables, asequible económicamente y con proyección europea e internacional.
EU Ecolabel
La Etiqueta Ecológica de la Unión Europea, EEUE, es un distintivo oficial de la Unión Europea que en las Islas Baleares otorga el Govern a través de su organismo competente: la Consellería de Medi Ambient i Territori.
La Etiqueta Ecológica representa haber cumplido unos criterios ambientales selectivos, transparentes y con suficiente información para que los consumidores y usuarios puedan escoger aquellos servicios que la incorporen.
Elementos del distintivo:
5 pasos para conseguir la ecoetiqueta
1. Familiarizarse con los CRITERIOS
La ecoetiqueta de la UE se basa en una serie de criterios, unos obligatorios (deben cumplirse todos) y otros opcionales (se debe alcanzar una puntuación mínima jugando con los requisitos opcionales). Puedes contactar con nosotros o con la Consellería de transición ecológica, para conocer estos criterios y cómo ponerlos en marcha.
2. Preparar la documentación exigida por la norma
Si el negocio tiene un sistema de gestión ambiental ya implantado, será sencilla su adaptación. Sino, se puede poner en contacto con una consultora especializada, como Get21, o con la Consellería de Medi Ambient i Territori, donde te asesorarán sobre cómo continuar con el proceso.
3. Registrar la solicitud a través del formulario, presentar la documentación adjunta a la misma y pagar la tasa.
Una vez tenga listo el informe de cumplimiento de los criterios, se puede presentar el formulario de la solicitud rellenado y firmado, la declaración de servicios/productos, junto con toda la documentación requerida en la sede electrónica. http://www.caib.es/sites/ecotur/es/modelos_de_solicitud-5524/
Esta tasa es el único pago que se tiene que realizar en el proceso de verificación mientras estén vigentes los criterios de la categoría. La auditoría de contraste la realiza el mismo personal especializado de la consellería, sin necesidad de contratar a un organismo verificador externo. www.atib.es.
En Get21 también te ayudaremos en esta fase de presentación.
4. Evaluar la solicitud
El organismo competente evalúa la solicitud con toda la documentación presentada y realiza las visitas de comprobación in situ. Get21 os acompañará en esta fase de visita.
5. Aprobación de la solicitud y concesión de la marca.
Si la evaluación es favorable, se otorga la licencia de etiqueta ecológica europea, que se formaliza mediante una resolución y mediante la firma de un contrato de uso entre el organismo competente y el solicitante.